
Según la ORDEN 20/2021, de 15 de enero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica, el municipio de El Molar es uno de los municipios de la región con restricciones frente al COVID-19 desde las 00:00 del 18 de enero hasta las 00:00 h del 1 de febrero. Las medidas pueden consultarse en el BOCM y también en esta Nota informativa Decreto 3-2021 y Orden 20-2021 que modifica la Orden 1405 (*)
𝐒𝐞 𝐫𝐞𝐜𝐮𝐞𝐫𝐝𝐚 𝐪𝐮𝐞 𝐬𝐢 𝐥𝐚𝐬 𝐜𝐢𝐟𝐫𝐚𝐬 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐠𝐢𝐨𝐬 𝐧𝐨 𝐝𝐞𝐬𝐜𝐢𝐞𝐧𝐝𝐞 𝐞𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐩𝐫ó𝐱𝐢𝐦𝐨𝐬 𝟏𝟓 𝐝í𝐚𝐬, 𝐬𝐞 𝐦𝐚𝐧𝐭𝐞𝐧𝐝𝐫á𝐧 𝐥𝐚𝐬 𝐫𝐞𝐬𝐭𝐫𝐢𝐜𝐜𝐢𝐨𝐧𝐞𝐬 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐦𝐮𝐧𝐢𝐜𝐢𝐩𝐢𝐨.
𝐑𝐨𝐠𝐚𝐦𝐨𝐬 𝐜𝐮𝐦𝐩𝐥𝐢𝐫 𝐥𝐚𝐬 𝐧𝐨𝐫𝐦𝐚𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐜𝐞𝐧𝐝𝐞𝐫 𝐥𝐚 𝐜𝐢𝐟𝐫𝐚 𝐝𝐞 𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐠𝐢𝐨𝐬:
- Restringida la movilidad de entrada y salida salvo causas justificadas (descargar justificante pinchando aquí).
- Al igual que en toda la Comunidad de Madrid, la movilidad en las calles está restringida de 23:00 a 06:00 h.
- Evitar las reuniones con personas no convivientes.
- Cierre de toda actividad comercial y de hostelería a las 22:00 horas.
- Uso de mascarilla, higiene de manos y distancia social.
- Planificación en las compras de alimentos, medicamentos, etc. para salir de casa lo mínimo posible.
El Modelo de justificante de movilidad en zonas restringidas puede descargarse aquí: Modelo justificante movilidad covid19-1
La Policía Local realizará inspecciones rutinarias para garantizar el cumplimiento de las medidas.
Se publica un documento con Preguntas Frecuentes para resolver dudas a la ciudadanía que puede descargarse aquí: Preguntas frecuentes El Molar
Otros documentos de interés:
- ORDEN 20/2021, de 15 de enero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica.
- Nota informativa Decreto 3-2021 y Orden 20-2021 que modifica la Orden 1405 (*)
- (*) Advertido error en la página 11, se sustituye la referencia al literal de la Orden 1405/2020, en lo relativo a los horarios de los establecimientos de hostelería, por el siguiente texto: Debe tenerse en cuenta que, desde las 00:00 horas del 1 de febrero de 2021, todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al público de la Comunidad de Madrid tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00.»
Medidas para toda la Comunidad de Madrid:
Imágenes de la comisión seguimiento covid19 de El Molar mantenida hoy, 17 de enero de 2021: