INFORMACION SOBRE DISTINTAS SITUACIONES RELATIVAS A LAS PERSONAS DESPLAZADAS DE UCRANIA
DONACIONES ECONÓMICAS (Fuente: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación:
https://www.aecid.es/ES/Paginas/Sala%20de%20Prensa/Tus%20campa%C3%B1as/Ucrania.aspx
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) recomienda:
Canalizar la ayuda de la ciudadanía a través de las diferentes Organizaciones No gubernamentales (ONG) Humanitarias que trabajan en la zona, entre ellas, las que mantienen un convenio de emergencias con la AECID; así como a través de organismos humanitarios especializados
DONACIONES EN ESPECIE
La AECID desaconseja las donaciones en especie en los primeros momentos de la emergencia al ser susceptible de saturar las capacidades logísticas de los actores humanitarios.
Se informará puntualmente de las necesidades específicas de la población desplazada de Ucrania que esté residiendo en el municipio: niños, adultos, edades, tallas concretas. Toda la ropa tendrá que ser adaptada a la época en la que nos encontremos y estar en buenas condiciones de uso.
VOLUNTARIADO
La necesidad más importante está el identificar a personas que “manejen”/hablen el ucraniano como idioma y puedan servir de intérpretes, incluso para el Ayuntamiento:
– Traducción “in situ” en la atención de población ucraniana, en recepción, servicio de atención ciudadana, padrón, educación, empleo, vivienda y servicios sociales.
– Traducción de comunicaciones que se vayan generando.
ACOGIDAS DE POBLACIÓN UCRANIA:
Las competencias son exclusivas del Estado (extranjería, personas refugiadas e inmigración).
Por eso, las vecinas y vecinos del municipio pueden ponerse en contacto con el Centro de Recepción, Atención y Derivación de acogida de desplazados de Ucrania, en Pozuelo de Alarcón, Madrid (España). Ministerio de Inclusión y Fundación La Caixa activan el proyecto para la acogida familia. Teléfono de información 900 67 09 09 para familias españolas interesadas en acoger a desplazados ucranianos (De lunes a domingo de 9:00 a 22:00 h.), donde les informarán de los requisitos y el procedimiento a seguir.
Para participar en la Red de acogida del Ministerio y participar como familias de acogida a familias han de adquirirse una serie de Compromisos:
• Acogida mínima de 6 meses y hasta 1 año aproximadamente, hasta que la familia adquiera competencias para vivir de forma autónoma.
• Asumir la cobertura de todas las necesidades básicas de la familia de acogida: alojamiento, manutención, enseres personales, etc.
Actualmente no existen una línea de ayudas económicas para las familias acogedoras
EMPADRONAMIENTO DE POBLACIÓN UCRANIA:
Se recomienda a todas las personas desplazadas de Ucrania que acudan al Ayuntamiento a registrarse en el Padrón municipal.
ESCOLARIZACIÓN
Colegios de educación Infantil y Primaria:
• Colegio Ntra. Sª del Remolino C. de San Isidro, 8, 28710 El Molar, Madrid. Teléfono: 918 41 02 85
• Colegio Arco de la Sierra. C. de Sta. Águeda, 0, 28710 El Molar, Madrid. Teléfono: 918 41 28 90
MENORES NO ACOMPAÑADOS
Ante la existencia o conocimiento de menores no acompañados por sus representantes legales, se pondrá en conocimiento de los Servicios Sociales:
Servicios Sociales: coordinacion@vegadelguadalix.es 91 841 25 36
ACOGIDA DE MENORES NO ACOMPAÑADOS
Las familias que se ofrezcan para la acogida de personas menores de edad desplazadas ucranianas deberán hacerlo a través de la D.G. de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad.
acogimientos.familiares@madrid.org
preguntas.acogimiento@madrid.org
En la actualidad ya hay más de 500 solicitudes. Se priorizarán los ofrecimientos según los siguientes criterios:
• Familias con nacionalidad ucraniana o que tengan dominio de este idioma con experiencia previa en acogimiento temporal de menores ucranianos.
• Familias incluidas en la lista de familias de las asociaciones que tramitan estancias temporales por vacaciones de menores ucranianos.
• Familias con declaración de idoneidad para el acogimiento familiar.
• Familias que hayan participado en el Programa Un Curso en Familia.
• Familias que hayan participado en el Programa de Vacaciones en Familia.
• Familias que hayan tenido contacto previo con el acogimiento, por ejemplo, por tratarse de personas que hayan realizado un acogimiento hace varios años. En este caso, se valorará la experiencia previa de la familia, así como su situación actual para hacer frente a un nuevo acogimiento.
En todos los casos las familias pasarán una valoración que determine su idoneidad para poder acogerse al programa de acogimiento.
ATENCION PSICOLÓGICA
“Menores viviendo una guerra. Guía para crear un paraguas de protección psicológica”
El Colegio Oficial de la Psicología de Madrid edita una Guía para ayudar a minimizar el impacto psicológico de la Guerra en niños y adolescentes https://www.copmadrid.org/web/comunicacion/noticias/2124/menores-viviendo-guerra-guia-crear-paraguas-proteccion-psicologica
PERMISOS DE CONDUCCIÓN UCRANIANOS
Medidas extraordinarias:
• Se amplía la validez de su permiso de conducción ucraniano para conducir en España a un plazo de un año desde el comienzo de la protección temporal. Se mantendrá la validez del permiso de conducción mientras persista el reconocimiento de la protección internacional, siempre y cuando el permiso de conducción esté en vigor y que su titular tenga la edad requerida en España para la obtención de un permiso español equivalente.
• Si estos ciudadanos quieren canjear su permiso de conducción ucraniano por un permiso de conducción español, en base al Canje de Notas de fecha 11 de enero de 2010 constitutivo de Acuerdo entre España y Ucrania sobre reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, deberán pedir cita de canje (teléfono 060, o en sede electrónica www.dgt.es, solicitud de cita canje UA). La residencia se acreditará a través del resguardo de la presentación de la solicitud de protección temporal o de la documentación entregada al resolver la misma, y la verificación de permiso de conducción se sustituirá por una declaración responsable.
En relación con los ciudadanos ucranianos ya residentes en España con anterioridad al 24 de febrero de 2022, dada la imposibilidad de recibir la verificación de los permiso de conducción por parte de las autoridades ucranianas expedidoras, esta se sustituirá igualmente por una declaración responsable del titular del permiso tanto en los casos que ya habían solicitado cita de canje para su permiso de conducción ucraniano y están pendientes de respuesta como en el caso de personas que soliciten cita de canje en lo sucesivo por primera vez.
La Comunidad de Madrid ha activado un “PROTOCOLO DE ACTUACIÓN INMEDIATA FRENTE A LA LLEGADA DE DESPLAZADOS PROCEDENTES DE UCRANIA A LA COMUNIDAD DE MADRID” (Fuente: https://www.comunidad.madrid/noticias/2022/03/13/protocolo-actuacion- inmediata-frente-llegada-desplazados-procedentes-ucrania-comunidad-madrid) que consiste en:
1.- Activación de la cadena de respuesta
Aquellas organizaciones que estén llevando a cabo el traslado de desplazados desde las zonas fronterizas de Ucrania con destino a la Comunidad de Madrid, comunicarán al CECOM (teléfono: 91 708 94 68, email: pcivil.asem@madrid112.es) indicando la fecha y hora previstas de llegada de los grupos, y siempre que sea posible, el listado de pasajeros/as o al menos el número de personas adultas y peques por sexo que forman parte del mismo, así como si van a requerir alojamiento a su llegada.
1.1.- Recepción y revisión médica en Hospital Isabel Zendal
Desde la Consejería de Sanidad se ofrece este punto como lugar de entrada de las personas desplazadas, en atención 24 horas, de cara a prestar un servicio de revisión médica que permita, entre otras cuestiones, hacer pruebas COVID, ofrecer la vacunación recomendada y cualquier otra atención que sea necesaria en vista a los resultados del chequeo médico.
En dicha recepción se llevará a cabo una toma de datos inicial que permita conocer la filiación, origen y destino de acogimiento, con objeto de preparar las gestiones que los diferentes servicios regionales y municipales han de implementar en dichas zonas de residencia (plazas escolares, empadronamiento, tarjeta sanitaria, abono transporte, etc.).
1.2.- Tramitación de documentación
Las personas desplazadas, una vez realizada la revisión médica, deberán contactar con el centro de recepción, acogida y derivación habilitado por la Administración General del Estado (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones) y gestionado por la ONG ACCEM en Pozuelo de Alarcón (Centro de Formación de la Seguridad Social, Carretera de Carabanchel a Aravaca, 91, 28223 Pozuelo de Alarcón, Madrid) con horario de atención de 9 a 20 horas. En dicho centro habrá presencia de personal de la ONG mencionada, Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Agencia de Asilo de la Unión Europea y Policía Nacional para entrevistar a las personas, detectar sus necesidades y tramitar la documentación (NIE). Para más información el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha habilitado un teléfono de contacto e información y una página web:
– Teléfono: 910 47 44 44
– Web: https://www.inclusion.gob.es/es/ucrania/index.htm
2.- Alojamiento
Se pueden dar al menos dos escenarios:
a) Personas que ya vienen con alojamiento prefijado. Solo requeriría registrarlo en las oficinas de recepción, acogida y derivación.
b) Sin alojamiento prefijado. Se deberá contactar con el Centro de Acogimiento de Pozuelo de Alarcón a través del teléfono 910 47 44 44. Si hubiese dificultades de contactar o el alojamiento es de urgente necesidad se podrá contactar con el CECOM 91 708 94 68 o directamente con Madrid112, quienes contactarán a su vez con el servicio de Emergencia Social de la Consejería de Familia, Políticas Sociales y Juventud, a los efectos de analizar el caso y ofrecer dentro de la oferta de plazas disponibles la mejor opción para cada caso, poniéndolo en conocimiento del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones lo antes posible.